Profesional altamente cualificado en España
Una empresa te incorpora en España para un puesto de alta cualificación. Es UNA autorización con dos puertas: si estás fuera, la autorización primero y el visado después; si ya resides legalmente en España, la autorización directamente y sin visado.

Qué permite el profesional altamente cualificado
- ¿Permite trabajar?
- Sí. Es una autorización de residencia Y trabajo: habilita para el puesto que la motivó, en todo el territorio nacional.
- Requisito que la bloquea
- Necesitas un contrato de trabajo o una oferta firme de una empresa que requiera tu incorporación en España. Sin eso, esta vía no existe.
Requisitos del profesional altamente cualificado
- Contrato de trabajo u oferta firme para una actividad de alta cualificación
- Titulación de enseñanza superior o experiencia equiparable: tres años para la autorización nacional, cinco para la Tarjeta azul-UE
- Antecedentes penales de los países donde hayas residido los últimos DOS años, más declaración responsable de los cinco últimos
- Seguro de enfermedad con entidad autorizada en España, salvo que la actividad te dé la condición de asegurado en el Sistema Nacional de Salud
- Ser mayor de dieciocho años y no encontrarte irregularmente en territorio español
Fuente oficial
Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores, sección de Movilidad Internacional (arts. 61, 62, 71, 71 bis, 75 y 76)
Boletín Oficial del Estado · revisado el 10 de mayo de 2023
Documentos del profesional altamente cualificado: 11 en 4 fases
En el orden en que los vas a necesitar, desde tu país hasta tener los papeles en regla. Cada uno con dónde se consigue; el paso a paso, su vigencia y el aviso antes de que caduque están en tu expediente.
Comprobar que encajas y elegir modalidad· En tu país o en España
Todo empieza por la oferta: sin una empresa que requiera tu incorporación no hay vía. Con ella, la decisión es qué modalidad pedir, porque cada una exige un nivel distinto de cualificación.
Contrato de trabajo u oferta firme de empleo
El documento que enciende la vía. Tiene que ser para una actividad de alta cualificación y sus condiciones deben ajustarse a la normativa y al convenio colectivo aplicable.
Dónde: La empresa que te incorpora
Titulación superior o experiencia equiparable
Aquí se decide tu modalidad. La autorización nacional pide nivel 1 del MECES o tres años de experiencia. La Tarjeta azul-UE pide una formación superior de al menos tres años equivalente al nivel 2 del MECES, o cinco años de experiencia.
Dónde: Tu universidad o centro, o tus empleadores anteriores
Reunir tu documentación y la de la empresa· En tu país o en España
La mitad de los papeles los aportas tú y la otra mitad la empresa. Es la fase larga: apostillar y traducir por traductor jurado es lo que come las semanas, no la resolución.
Antecedentes penales y declaración responsable
Certificado de los países donde residiste los DOS últimos años, más una declaración responsable de que no los tienes en los CINCO últimos. Son dos documentos distintos, no uno.
Dónde: La autoridad competente de cada país donde residiste los últimos dos años
Seguro de enfermedad
Público o privado, con entidad aseguradora autorizada para operar en España. Con una excepción que se le escapa a mucha gente y que puede ahorrarte la póliza entera.
Dónde: Aseguradora autorizada para operar en España
Recursos económicos suficientes
Para ti y para los familiares que te acompañen, durante el periodo de residencia. En esta vía suele resolverse solo.
Dónde: Tu contrato de trabajo, o tu banco
Documentación de la empresa
La parte que no depende de ti. Sin ella la solicitud no se admite, y es donde más se atasca el trámite cuando la empresa no ha hecho esto antes.
Dónde: La empresa que te incorpora
La autorización, ante la UGE-CE· Telemático, desde donde estés
El paso central, y el rápido. Se presenta por vía electrónica ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, con el modelo MI-T. Veinte días para resolver y silencio positivo.
Solicitud MI-T ante la UGE-CE
El modelo oficial Movilidad Internacional – Titular. Se presenta telemáticamente en la sede electrónica de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
Dónde: Sede electrónica de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos
Tasa modelo 790, código 038
Epígrafe 7.1, «autorización de residencia inicial» de movilidad internacional. Se devenga al admitirse la solicitud a trámite, no antes.
Dónde: Impreso descargable desde la propia hoja informativa
La puerta que te toca: visado o tarjeta· En el consulado, o en España
Aquí se bifurca según dónde estabas. Desde fuera: un mes para pedir el visado en el consulado. Desde España: no hay visado, se pide la TIE si la autorización supera los seis meses.
Visado de residencia en el consuladoOpcional
La puerta de quien está fuera de España. Sólo se pide DESPUÉS de tener la autorización concedida, y hay un mes para hacerlo.
Dónde: Consulado de España de tu demarcación
Tarjeta de identidad de extranjeroOpcional
La puerta de quien ya estaba en España. Sin visado de por medio: con la autorización concedida se solicita directamente la tarjeta.
Dónde: Oficina de Extranjería o comisaría de policía
Renovación: la ventana de los 60 díasOpcional
La autorización dura tres años —o lo que dure el contrato más tres meses, si es menos— y se renueva por dos más. La ventana para pedirlo es estrecha y nadie te avisa.
Dónde: Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, por vía electrónica
Información orientativa elaborada a partir de fuentes oficiales. No sustituye el asesoramiento de un abogado o gestor colegiado.